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Indemnización por Despido

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Indemnización por Despido

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La indemnización que un trabajador tiene derecho a recibir cuando es despedido depende de la modalidad de despido y sus motivos, así como del tipo de contrato de trabajo. Siempre se puede impugnar un despido si no se está de acuerdo con sus causas o con su indemnización.

Indemnización por despido y finiquito

Teniendo en cuenta el número de variables que pueden influir en el cálculo del finiquito y de la indemnización correspondiente, lo ideal es recurrir a un despacho de abogados laboralista especializado en indemnizaciones por despidos. Con nuestra ayuda, se asegurará la máxima indemnización para su caso particular.

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Si has sido despedido o despedida, ante todo recuerda que tienes 20 días hábiles para demandar desde la fecha estipulada en la carta de despido. Nuestro Bufete te puede prestar la asesoría jurídica laboral para conseguir la indemnización por despido improcedente que por ley corresponda.

  • Cálculo de la indemnización y reclamación del finiquito por despido de trabajo.
  • Reclamación de indemnizaciones por despidos en cualquiera de sus modalidades.
  • Asistencia y representación al Acto de Conciliación ante el SMAC para conseguir una indemnización justa.
  • Demanda judicial para obtener la mejor indemnización posible.

¿Cómo se calculan las indemnizaciones?

Para calcular su indemnización por despido, tiene que multiplicar su salario diario por los días por año trabajado que le correspondan, según el despido que se le haya aplicado. Esto quiere decir que, fundamentalmente, son tres los factores que van a determinar el importe final de la indemnización:

Veamos, a continuación, los detalles de estos tres conceptos, para explicar mejor cómo se calcula la indemnización por despido:

El salario diario

El salario diario se calcula dividiendo entre 30 todos los conceptos que componen el sueldo. Estos conceptos son, básicamente, los siguientes:

  • La base
  • La antigüedad
  • Los pluses de convenio
  • La prorrata de las pagas extras

El resultado es la base para calcular la indemnización por despido. Una base en la que no se incluyen las dietas, los planes de pensiones o los pluses de transporte.

La antigüedad del trabajador

El segundo elemento a tener en cuenta para calcular la indemnización es la antigüedad del trabajador en la empresa, que se mide siempre en años.

El periodo de tiempo que sea inferior a un año se mide en días y se divide entre los 360 días del año laboral. El decimal que se obtiene se añade, así, al número de años enteros.

La modalidad de despido y su calificación judicial

Por último, se debe atender a la modalidad del despido y si el juez lo ha calificado como procedente o improcedente. De todo ello va a depender el número de días de indemnización a percibir.

Para que no quede ninguna duda, vemos ahora lo que ocurre caso por caso, en función del tipo de despido del que estemos hablando:

El despido objetivo

Cuando el despido es objetivo, por causas no imputables a la empresa, la indemnización por este despido objetivo es de 20 días de sueldo por cada año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

El despido colectivo

Cuando el despido afecta a un gran número de empleados de la empresa (despido colectivo), por causas también objetivas, la indemnización es la misma que en la modalidad individual: 20 días.

El despido disciplinario

Un trabajador despedido disciplinariamente, si el despido se considera procedente por el juez, no tiene derecho a indemnización.

El despido improcedente

Si el despido objetivo o disciplinario resulta injustificado, el juez lo calificará como despido improcedente.

En este supuesto, la indemnización por despido improcedente es de 45 días de sueldo por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012, con un máximo de 42 meses. A partir de esa fecha, se aplica una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 meses.

Además, el importe total sumando ambos períodos no puede superar los 720 días de salario.

El despido por fin de contrato

Cuando termina un contrato temporal o por obra o servicio, el empleado tiene derecho a recibir una indemnización equivalente a 12 días de sueldo por cada año de servicio. Esta indemnización se ha ido aplicando de forma progresiva hasta alcanzar los 12 días en el año 2015.

Por su parte, los convenios colectivos correspondientes pueden establecer indemnizaciones superiores.

Algunas situaciones excepcionales

Aparte de los distintos tipos de despidos, hay otras circunstancias que pueden tener lugar y que también generan derecho a indemnización. Estas situaciones son las siguientes:

  • Resolución del contrato por parte del trabajador por incumplimientos graves de la empresa: la indemnización es la equivalente a un despido improcedente, es decir, de 33 días por año de servicio, con el máximo de 24 mensualidades.
  • Resolución del contrato por parte del trabajador por modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo: cuando la motivación de esta resolución unilateral se basa en dichas modificaciones, el empleado tiene derecho a 20 días de indemnización por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades.
  • La extinción del contrato por causa de fuerza mayor o por extinción de la personalidad jurídica de la empresa: son casos excepcionales, en los que el trabajador tiene derecho a percibir una indemnización de 20 días por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.

El cálculo de la indemnización por despido es siempre una cuestión de gran complejidad. Aparte, conviene asegurarse siempre de que la indemnización que ofrece la empresa es la adecuada a las circunstancias.

Por todas estas razones, y ante las muchas dudas que pueden surgir ante un despido, lo mejor es que cuente con el asesoramiento de nuestros abogados laboralistas, que le ayudarán a obtener la máxima indemnización posible.

¿Cuándo me tienen que pagar la indemnización en un despido objetivo?

El pago debe ser en el momento de la notificación del despido, con el riesgo de ser declarado improcedente.

¿Qué consecuencias tiene un despido improcedente?

El pago de una indemnización en función del salario y antigüedad o la reincorporación a su puesto de trabajo más salarios de tramitación, a elección de la empresa.

¿Tengo siempre derecho a indemnización por despido?

Así es, excepto en el supuesto que sea declarado procedente un despido disciplinario, el cual queda excluido del derecho a indemnización. No obstante, es la empresa la que tiene la carga de la prueba.