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Incapacidad Permanente Absoluta

Todo sobre la Invalidez Absoluta

Incapacidad Permanente Absoluta

Incapacidad Permanente Absoluta

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La Incapacidad Permanente Absoluta es una prestación (por parte del INSS) para cubrir la pérdida de ingresos de un trabajador, que se encuentra en una situación de total incapacidad para desarrollar cualquier actividad profesional, sea cual sea.

Prestación por Incapacidad Absoluta

Existen distintos grados de incapacidades laborales. Dependen del grado de dificultad o limitaciones que sufra el afectado para seguir desempeñando un trabajo (y por lo cual, cubrir sus gastos personales y familiares). Pero ¿Qué sucede cuando no puedes realizar ninguna actividad laboral? En el momento en el que no hay posibilidad de ejecutar trabajo alguno, y cumpliendo los requisitos establecidos por el Instituto Nacional de Seguridad Social, se puede solicitar una prestación por la llamada Incapacidad Permanente Absoluta (coloquialmente Invalidez Absoluta).

Índice de contenidos en este artículo

  1. ¿Qué es la Incapacidad Permanente Absoluta?
  2. ¿Qué pensión me pertenece por una Incapacidad Absoluta?
  3. ¿Qué requisitos debo cumplir para optar a la pensión por Incapacidad Permanente Absoluta?
  4. ¿Cómo iniciar el procedimiento para una Incapacidad Permanente Absoluta?

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¿Qué es la Incapacidad Permanente Absoluta?

Este grado de incapacidad (y, por lo tanto, de pensión) se otorga a aquella persona que tras una enfermedad o accidente debe dejar de trabajar. Ya sea en la misma profesión que realizaba de forma habitual o cualquier otra.

Hay una serie de enfermedades que, con el asesoramiento y ayuda adecuada de un abogado con conocimientos en Seguridad Social, puede derivar en este tipo de pensión, mejorando de forma notable tu calidad de vida. Ejemplos de enfermedad donde existen resoluciones favorables para incapacidad permanente absoluta son fibromialgia, ansiedad, depresión o diabetes.

Esta categoría puede llevar a confusión con la gran invalidez. La diferencia clave entre los grados es la necesidad de contar con una tercera persona para las acciones diarias que surge con una gran invalidez. En el caso de la gran invalidez, además de la pensión, se recibe un suplemento para sufragar los gastos de la persona que ayude al afectado en sus tareas más básicas. en nuestro Bufete contamos con abogados especialistas en pensiones de invalidez.

¿Qué pensión me pertenece por una Incapacidad Absoluta?

Al no poder realizar actividad laboral alguna, aunque existen excepciones, el INSS otorga una pensión por la totalidad de la base reguladora que corresponda.

La base reguladora en el caso de la incapacidad absoluta, tendrá parámetros distintos para su cálculo según se encuentre en una de estas categorías:

  • Grupo 1. Incapacidad por enfermedad común.
  • Grupo 2. Accidente no laboral en situación de alta.
  • Grupo 3. Accidente no laboral en situación de “no alta”.
  • Grupo 4. Accidente o enfermedad laboral.

Dependiendo de en qué apartado estés tendrás que reunir unos requisitos de cotización distintos.

Es una pensión vitalicia, que al igual que en el caso de la incapacidad permanente total y la gran invalidez, será regida por unas tablas de mínimos para garantizar la calidad de vida del afectado. En este caso, la cuantía mínima de la pensión, según las circunstancias familiares del afectado, oscila entre 648,70 y 843,40 euros.

Complementos

La Ley protege y vela por la salud de los trabajadores. Por lo cual exige unas medidas de prevención de riesgos laborales para evitar enfermedades o accidentes a las empresas. Si la baja fue causada por accidente de trabajo o enfermedad laboral, a consecuencia de una negligencia por parte de la empresa, será sancionada por ello y el trabajador afectado podrá cobrar entre un 30- 50 % de esta sanción.

Otro complemento que se le añadirá al porcentaje es el concepto de maternidad. Dicho complemento puede subir entre un 5 y un 15 % a partir de tener dos hijos en el caso de las mujeres.

¿Qué requisitos debo cumplir para optar a la pensión por Incapacidad Permanente Absoluta?

Al igual que en el caso de la incapacidad permanente total, el requisito esencial es tener un mínimo de cotización que dependerá de tres factores claves (ver todos los requisitos para solicitar la Incapacidad Permanente):

  • Edad del afectado (menor o mayor de 31 años)
  • Tiempo de carencia (o mínimo cotizado).
  • Determinada cotización en los últimos años.

Tal y como hemos expuesto anteriormente, el tiempo de cotización y carencia varía dependiendo del hecho causante de tu incapacidad.

¿Cómo iniciar el procedimiento para una Incapacidad Permanente Absoluta?

La solicitud de una incapacidad permanente puede ser iniciada por tres vías distintas.

  • De oficio por la entidad gestora, por Inspección de Trabajo o bien por el propio Servicio de Salud.
  • A iniciativa del propio interesado.
  • Por petición de la entidad colaboradora (mutua).

Una vez comenzado el proceso, el equipo de valoraciones médicas podrá solicitar informes, documentos y petición de nuevas pruebas que estime oportuno. Todo ello para valorar si existe o no dicha incapacidad y el grado de la misma. En este artículo puedes ver los pasos para pedir una incapacidad laboral.

Una vez concedido el derecho a pensión podrá extinguirse en caso de revisión de la incapacidad por concesión de la pensión de jubilación. Además, también se suspenderá el cobro de la pensión por los siguientes motivos:

  • Por comportamiento fraudulento por parte del afectado tanto para conseguir la pensión como para mantenerla.
  • Debido a que su origen o agravamiento viene provocado por acciones temerarias del pensionista.
  • Cuando se abandone o rechace tanto los tratamientos previos como las actividades recomendadas para lograr una mejoría.

La Incapacidad Permanente Absoluta y la Discapacidad

En el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre se estableció que las personas a las cuales se les otorgase una gran invalidez, una incapacidad permanente total o absoluta serian reconocida con un grado de discapacidad no menor al 33 %.

Esta concesión tiene consigo ventajas para el afectado. Algunos de los Beneficios y Ventajas del Certificado de Discapacidad son: descuentos en vehículos especiales, lista preferente en viviendas de protección oficial, o tener plazas reservadas en las convocatorias de empleo público.