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¿Qué hacer si le despiden del trabajo?

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El finiquito

Consideraciones a tener en cuenta ante un despido laboral. Somos un Bufete especializado en todas las ramas del Derecho Laboral.

Si le despiden, tiene 20 días desde la fecha (no cuentan los sábados ni domingos) de despido para demandar. Una vez transcurrido el plazo no podrá demandar, ya que ha caducado la acción.

Antes de iniciar un procedimiento de conciliación, debemos de tener en cuenta:

  • Si le entregan la carta de despido, y no está conforme, debe de firmar como no conforme.
  • La Empresa le ha de facilitar el correspondiente certificado de empresa, ya que se lo solicitarán para optar al paro/desempleo.
  • Asimismo, la Empresa debe entregarle un finiquito, esto es, un documento en el que consta el dinero que le tiene que abonar, nomina del mes en curso, las vacaciones no disfrutadas y la paga extra, si esta no está prorrateada. También la indemnización por despido (salvo que no sea un despido disciplinario).

El acto de conciliación

Si no está de acuerdo con el despido, tendrá que acudir al SMAC y presentar una papeleta de conciliación. Esta es la fase previa al procedimiento judicial y constituye un intento de llegar a un acuerdo entre el empresario y el empleado.

Siempre que no esté de acuerdo con el despido, o con la indemnización recibida, deberá de acudir al SMAC. Lo recomendable es que lo haga acompañado de su abogado de confianza.

La papeleta de conciliación es un escrito donde el trabajador expone en qué empresa estaba ocupado, la antigüedad que tenía, por qué causa ha sido despedido y cuál era su sueldo. Igualmente es recomendable que dicha papeleta se la redacte un abogado especialista en Derecho Laboral.

Una vez presentada la papeleta le darán fecha para la celebración de la conciliación. El acto de conciliación se celebra ante un letrado conciliador, con un representante de la empresa (si acude la empresa) y el empleado o su representante (que puede ser un abogado).

La fase judicial

Si en al acto de conciliación no se llega a ningún acuerdo, o la empresa no se presenta, habrá que interponer una demanda judicial y luego acudir a Juicio. La demanda deberá realizarla un abogado, el letrado de confianza que usted elija.

Una vez presentada la demanda, el Juzgado de lo Social dará fecha para celebrar un acto previo de conciliación, y si no hay ningún acuerdo u ofrecimiento por parte de la Empresa, se celebrara un juicio, todo el mismo día.

El juez finalmente, oídas a ambas partes, dictará sentencia ( puede tardar de 15 días a 2 meses) en la cual puede estimar las pretensiones del trabajador o desestimarlas y dar la razón a la empresa.

Si le Juez da la razón al trabajador, la empresa podrá optar por indemnizarle con las cantidades que consten en la Sentencia o readmitir al trabajador. Si le readmite tendrá que abonar los salarios de tramitación (los salarios de los meses que ha dejado de percibir por estar despedido).

Desde nuestro Despacho, le recomendamos que se pongan en contacto con un abogado desde el primer momento, al ser despedido. De esta forma se podrá encauzar correctamente el despido, desde un principio, y obtener el mejor resultado de acuerdo a sus intereses.

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