¿Qué alternativas hay para volver a la situación anterior?
Si lo que se desea es revertir el reconocimiento de la incapacidad permanente o rechazar la última valoración efectuada, hay varias posibilidades. Todas ellas le permiten dar un paso atrás. Es decir, si surten efecto, le posibilitan en la práctica renunciar a la incapacidad permanente.
Aunque, eso sí, requieren la realización de diversos trámites que es aconsejable que inicie con el asesoramiento de uno de nuestros abogados especialistas en incapacidades y minusvalías.
A continuación, detallamos cuáles son las alternativas que actualmente existen para, al final, conseguir renunciar a una incapacidad permanente previamente reconocida.
La reclamación previa
Lo más habitual es que la reclamación previa se presente cuando no se está de acuerdo con el grado de incapacidad reconocido y se desea obtener uno mayor. Sin embargo, otras veces se utiliza esta vía administrativa inicial para, precisamente, todo lo contrario: renunciar a la incapacidad permanente.
El procedimiento es el mismo: dirigir a la Seguridad Social la reclamación con las razones que la motivan. En este caso, el porqué de la renuncia a la incapacidad permanente y al beneficio económico que conlleva.
La revisión por error
Se trataría, en este caso, de argumentar que el reconocimiento de la incapacidad se ha producido a raíz de un planteamiento que, en realidad, es erróneo. Es decir, se estaría indicando que la incapacidad permanente se ha otorgado cuando no debería haber sido así.
La revisión por mejoría
Otra opción es solicitar una revisión por mejoría, aunque la renuncia a la incapacidad
permanente no se haría efectiva de manera inmediata. El motivo es que, cuando el tribunal otorga una discapacidad, también
establece un
Cuando sea posible, el tribunal médico de la Seguridad Social le citará para reevaluar su estado. Si, tras el análisis, se le detecta una mejoría considerable, se podría plantear la anulación de la prestación por incapacidad permanente.
El inicio de una actividad laboral
Por último, nos encontramos ante la posibilidad menos recomendable de todas: comenzar a trabajar en un empleo que sea incompatible con la prestación, para provocar la cancelación de la incapacidad permanente.
Decimos que no es muy aconsejable dar este paso porque podría dar lugar a dos situaciones bien distintas:
- La revisión de la discapacidad: si la Seguridad Social estima que realmente el trabajador ha experimentado una mejoría y, por ello, ha comenzado a trabajar de nuevo.
- La penalización por fraude de ley: si lo que considera es que se está cometiendo un delito, lo que podría suponer no solo la retirada de la prestación, sino también la devolución de todas las mensualidades que ya se han cobrado.