Abogados Madrid Laboral

Elección de la mutua de accidentes de trabajo por autónomos

10/04/2019

Termina el plazo de los autónomos para elegir la mutua que cubre los accidentes de trabajo

Al final del mes en curso termina el plazo para que los autónomos elijan qué mutua desean como cobertura de accidentes de trabajo. Esto supone una novedad para el sector puesto que anteriormente -concrétamente con anterioridad al 1 de enero de este año- la cotización por incapacidad temporal debida a un accidente de trabajo o enfermedad profesional era voluntaria. Había autónomos registrados en el RETA que preferían seguir cubriendo su baja con la Seguridad Social, sin embargo hay que tener en cuenta que los accidentes laborales no los cubre el INSS.

Artículo en colaboración con nuestros compañeros abogados laboralistas en Getafe.

Los empresarios que ya eligieron una mutua que cubriese sus bajas por enfermedad común, no tienen que preocuparse por trámite alguno, pero en el caso contrario solo tienen hasta fin de mes para hacerlo. Formalizar esta situación requiere la cumplimentación del impreso modelo TA.0521-1. Se trata de una solicitud simplificada de alta, baja o variación de datos en el régimen especial de autónomos. Este documento lo facilita la Tesorería General de la Seguridad Social y puede entregarse por vía electrónica o personándose en las oficinas.

El procedimiento necesario para presentar el impreso vía telemática requiere un registro electrónico a través de una Cl@ve imprescindible para identificarse. La Cl@ve puede solicitarse en la Administración.